REQUISITOS
- Carné del Ministerio de Relaciones Exteriores
- Pasaporte vigente
- Nota verbal emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores
¿QUIÉNES PUEDEN BENEFICIARSE?
- Jefes de Misiones, Embajador, Ministro Plenipotenciario.
- Agregados Militares con grados de General.
- Encargados de los Negocios con Cartas de Gabinete.
- Miembros de las Misiones Militares establecidas en el Ecuador. Consejeros, Consejeros Comerciales o de Cualquier otra índoles.
- Agregados Militares Extranjeros. A esta categoría se asemejaran los Coroneles y Tenientes Coroneles.
- Miembros de las Misiones Militares establecidas en el Ecuador.
- Primeros Secretarios, a esta categoría se asemejaran los Mayores de las antes mencionadas Misiones Militares.
- Segundos Secretarios, a esta categoría se asimilarán los Capitanes de las Misiones Militares.
- Terceros Secretarios y los Adjuntos o Agregados Civiles, Comerciales, Culturales, de Prensa y de otra especialidad, a esta categoría se asemejaran los Tenientes y Subtenientes de las Misiones Militares o Asistentes de los Agregados Militares.
- Asistentes Extranjeros de los Agregados Militares con rango inferior a Subteniente.